4.3 Identificación de comportamientos no éticos o de prácticas deshonestas
- Una falta ética o práctica deshonesta es denunciable en cualquier momento ante el comité editorial de la revista por parte de cualquiera, sea autor, lector, revisor, editor o empresa editorial. Ejemplos de malas prácticas son los citados en la sección 4.1 de esta guía, pero no están limitados a estos.
- En la denuncia de este tipo de acciones y con el fin de iniciar una investigación por el comité editorial, el denunciante (autor, lector, revisor, editor o empresa editorial) debe aportar evidencias. En este caso, el comité editorial está obligado a atender tanto la denuncia como las ulteriores alegaciones hasta que se llegue a una resolución del problema.
- En el caso de denuncia, el comité editorial debe tomar una decisión, recogiendo cualquier tipo de evidencias y alegaciones y evitando difundir el tema hasta que no se decida el inicio de una investigación.
- En caso de graves faltas éticas, se podría informar a la institución para la que trabaja el acusado, siendo el comité editorial quien tome esta decisión a la luz de las evidencias disponibles y la consulta de expertos.